Análisis tributario: ‘En el país se trabaja 82 días al año para pagar impuestos al Estado’

Sebastián Angulo
La carga tributaria representó el 22,7% del Producto Interno Bruto (PIB) el 2015, según un estudio de la Cámara de Industrias y Producción (CIP). En el 2006 fue del 15,9%.

Si se toman las cifras solo de recaudación del Servicio de Rentas Internas (SRI), el porcentaje asciende hasta el 13,7% respecto del PIB. Pero el informe del gremio tomó en cuenta aranceles, contribuciones a la seguridad social, impuestos de Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) y las utilidades a los trabajadores.

Richard Martínez, presidente Ejecutivo de la CIP, que a su vez es titular del Comité Empresarial Ecuatoriano (CEE), señaló en la presentación del documento, que realizaron este informe con base en metodologías de la Comisión Económica para América Latina (Cepal) y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).

Estos organismos, aseguró Martínez, incorporan a la estimación de la presión fiscal no solo la recaudación de impuestos sino otros rubros que tienen que pagar personas y empresas en temas como, por ejemplo, la seguridad social.

“Además, no se estaban contabilizando otros tipos de ingresos que no recauda el SRI, pero que recauda la Aduana, por ejemplo, los aranceles que tienen un nivel de recaudación bastante alta”, sostuvo el titular de la CIP. Según el informe, los tributos totales per cápita entre el 2007 y 2015 ascienden a USD 773; además dice que el SRI, la Senae y los GAD re­caudan, en conjunto, USD 520 por segundo.

De acuerdo al análisis tributario de la CIP, en el 2015, la sociedad ecuatoriana trabajó 82 días solo para pagar impuestos al Estado. A partir del día 83 el ecuatoriano comenzó a trabajar para sí mismo.

Martínez realizó observaciones al anticipo al Impuesto a la Renta que se aplica desde el 2010 y que, según dijo, debe ser eliminado.

Según sus cálculos, en los últimos tres años las firmas del país han pa­gado entre USD 700 millones y 800 millones por este concepto. 

En el debate de la Ley de Incentivos Tributarios para varios sectores -que se aprobó a inicios de septiembre- la CIP realizó el pedido de eliminar el impuesto mínimo. No obstante, el Legislativo no acogió la observación pero incluyó la devolución del pago del impuesto mínimo o pagado en exceso, cuando supere el rango establecido por el SRI.

Para César Montaño Galarza, catedrático de la Universidad Andina Simón Bolívar y especialista en materia tributaria, el cálculo que realiza la CIP es válido, porque si para estimar el PIB se toma en cuenta todo lo que se produce dentro de una economía, también se deben tomar en cuenta todos los desembolsos que realizan los contribuyentes en sus actividades económicas.

El académico coincide con Martínez y asegura que se debe eliminar el anticipo del Impuesto a la Renta. Además, señaló que se debe cambiar el Impuesto a la Salida de Divisas (ISD).

Sebastián Oleas,
profesor de economía de la Universidad San Francisco de Quito (USFQ), asegura que en el análisis se debe partir de qué se considera impuesto. Para Oleas, salvaguardias, aportes al IESS también pueden tomarse en cuenta como impuestos.

“Los aportes al IESS se pueden considerar que son un impuesto al trabajo, lo pagan las personas que tienen un trabajo fijo y las empresas de estos trabajadores”, sostuvo Oleas.

Para el catedrático, estos rubros pueden ser considerados como impuestos, porque son montos que los agentes económicos no deben dejar de pagar y son cobrados por el Estado.

Finalmente, el titular de la CIP hizo énfasis en “las 25 reformas tributarias” que se han realizado en este Gobierno. Para Martínez, el empresariado no tuvo certidumbre en este ámbito y se limitó la inversión.

En su informe ‘Panorama Fiscal de América Latina y el Caribe 2016’, la Cepal sostiene que en los últimos años, países de la región realizaron reformas tributarias, no obstante la carga tributaria aún es baja con respecto al nivel de desarrollo.

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